BENEFICIOS TRIBUTARIOS

La Ley de Beneficios Tributarios para la Vivienda Promovida (ley 18.795) fue diseñada para proporcionar los siguientes beneficios fiscales a los proyectos que se ubicasen en ciertas áreas de Montevideo.

Precios más accesibles

Rentabilidades más atractivas por tratarse de zonas donde se mejora la relación:
inversión - precio de alquiler - demanda

Exoneraciones tributarias

BENEFICIOS PARA COMPRADORES FINALES

  • Exento del IVA en el precio de compra.

  • Exoneración ITP aplicable al comprador y vendedor en la primera compra durante 10 años.

BENEFICIOS PARA INVERSORES

Además de los anteriores beneficios, se le suman:
Quien compra una vivienda promovida con destino arrendamiento podrá acceder a:

  • IRPF/IRAE/IRNR: exoneración del 100% de las rentas generadas por el arrendamiento durante 10 años.

  • Exoneración del Impuesto de Patrimonio durante 10 años si se destina a arrendamiento.

Las viviendas promovidas, podrán destinarse inicialmente al arrendamiento y luego venderse en la medida que las operaciones se realicen en el plazo de 10 años, el inversor podrá gozar de los beneficios por ambas actividades.

POSIBILIDAD DE TRAMITAR RESIDENCIA FISCAL EN URUGUAY

REQUISITOS:

  • Poseer una inversión en bienes inmuebles por un valor superior a 3.500.000 UI (aprox. USD 378.000)

  • Registrar una presencia física efectiva en territorio uruguayo durante al menos 60 días al año.